Aprovechamiento micológico
El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama establece en su artículo 59, dedicado a los aprovechamientos tradicionales, que la recogida de setas se considera una actividad compatible con la conservación siempre que sea para uso propio o recreativo, pudiendo comercializar los productos únicamente los vecinos de los municipios del Área de Influencia Socioeconómica.
Para lograr que la recogida de setas sea compatible establece que todos los terrenos en los que se pretenda un aprovechamiento micológico deberán contar con un plan de aprovechamiento aprobado. Por tanto, la recogida libre o episódica queda prohibida, salvo en el caso de fincas particulares que se acojan a un aprovechamiento reservado conservando en exclusiva sus titulares el derecho de aprovechamiento.
Para recoger setas en el Parque lo primero es plantearse ¿Quién me autoriza?
En cada monte o finca hay un titular del aprovechamiento micológico que de acuerdo con su plan de aprovechamiento puede dar permisos de recogida. Estos permisos de recogida pueden ser de diferente categoría y tienen un límite de cantidad de setas recogidas diariamente por persona.
En la vertiente segoviana, los montes del parque nacional regulados a día de hoy son los siguientes:
Acotado “Montes de Segovia” (SG-5.002)
Incluye, entre otros, los montes “Dehesa de la Garganta” (El Espinar) y “Pinar de Navafría” (Aldelalengua de Pedraza, Navafría y Torre Val del San Pedro).
- Permiso Recreativo (hasta 5 kg/persona/día)
- Permiso Comercial (dentro del parque nacional únicamente válido para vecinos empadronados en el Área de Influencia Socioeconómica) permite a su titular recolectar las cantidades siguientes maximas por especie: 10 kg al día para Seta de cardo (Pleurotus eryngii) y Perrechicos (Calocybe gambosa); 50 kg al día para Boletus gr. edulis, Lactarius deliciosus y resto de especies o mezcla de ellas.
Puede gestionar los permisos a través de esta página web.
Acotado “Montes de Valsaín” (Real Sitio de San Ildefonso)
- Permiso Recreativo (hasta 5 kg/persona/día)
- Permiso Intensivo Local (sólo para vecinos empadronados en el Real Sitio de San Ildefonso) permite a su titular recolectar un máximo de 20 kg al día.
Puede gestionar los permisos a través de esta página web
En el resto de montes no es posible la recogida en el interior del parque nacional, salvo derechos propiedad en fincas particulares.
En la vertiente madrileña el recurso micológico ha sido adjudicado en los montes de su propiedad y en los de la Comunidad de Madrid a los ayuntamientos de Rascafría y Miraflores de la Sierra que han presentado su Plan de Aprovechamiento Micológico y este ha sido informado favorablemente. A estos dos municipios se irán añadiendo otros del parque.
¿Dónde puedo recoger setas?
Se puede recoger setas en la mayor parte de los montes regulados del parque pero ten en cuenta:
- No se puede recoger en las Zonas de Reserva ni en las Zonas de Uso Restringido tipo A (Macizo de Peñalara, Pinar de la Acebeda, Umbría y Solana de Siete Picos, Umbría de Cerro Ventoso, Pinganillos, Collado de la Flecha y Cabecera del Artiñuelo, Canchales de Mujer Muerta, Los Pelados, Pico de El Nevero, Los Reajos).
- En las Zonas de Uso Restringido tipo B solo se pueden recoger setas en el otoño.
RECUERDA, CON CARÁCTER GENERAL:
Se deberán respetar las siguientes prácticas:
- Se deben respetar los ejemplares pasados, rotos o alterados, por su valor de expansión de la especie, y aquellos que no sean motivo de recolección.
- Los sistemas y recipientes elegidos por los recolectores para el traslado y almacenamiento de las setas dentro de los montes de donde procedan, deberán se rígidos o semirrígidos y permitir su aireación.
- En caso de los hongos hipogeos, el terreno deberá quedar en las condiciones originales, rellenando los agujeros producidos en la extracción con la misma tierra extraída.
- Las únicas herramientas de corte a utilizar serán cuchillos, navajas o tijeras, en todo caso con dimensiones de hoja inferiores a 11 centímetros.
- Las portillas, cancelas u otros elementos relacionados con cerramientos deberán dejarse en el mismo estado en el que se encontraban previamente, cada vez que se atraviesen.
- Toda persona que lleve a cabo la recolección deberá portar documento acreditativo de su identidad personal, así como los permisos indicados, sin perjuicio de otras autorizaciones o permisos que sean exigibles en cada caso.
Quedan prohibidas las siguientes prácticas:
- Remover el suelo de forma que se altere o perjudique la capa vegetal superficial, ya sea manualmente o utilizando cualquier tipo de herramienta, excepción hecha en cuanto a los hongos hipogeos, en cuya recolección podrá usarse el machete trufero o asimilado.
- Usar o portar cualquier herramienta apta para el levantamiento indiscriminado de mantillos, tales como hoces, rastrillos, escardillos, azadas o cualquier otra que altere la parte vegetativa del hongo.
- La recogida durante la noche, que comprenderá desde la puesta del sol hasta el amanecer, según las tablas de orto y ocaso.
- Destruir o deteriorar ejemplares pertenecientes a especies distintas de las que son objeto de recolección.
- Recolectar los ejemplares muy inmaduros o en estado de huevo por que se dificulta su identificación y puede provocar su confusión con otras especies tóxicas.
- Por seguridad para el recolector se prohíbe la recolección de setas silvestres en las zonas donde se estén realizando cortas de arbolado.
- Realizar actividades de compra-venta de setas en el interior del monte incluyendo sus pistas, aparcamientos y áreas recreativas.
Además, te dejamos aquí las normas generales que tienes que tener en cuenta para tu visita.